Bandos Municipales
¿Qué son los bandos municipales y cómo nos afectan?
Los Bandos Municipales son disposiciones que dicta el Alcalde de Martín del Río.
Se utilizan para comunicar a la población asuntos de interés público que requieren una difusión rápida y eficaz y recordar y aclarar normas jurídicas de aplicación general.
Tienen como finalidad pedir a la ciudadanía la observancia de las obligaciones y deberes establecidos en las leyes y en las ordenanzas y reglamentos municipales, recordar el contenido preciso de dichas obligaciones y los plazos establecidos para su cumplimiento, así como efectuar convocatorias populares con motivo de acontecimientos ciudadanos.
No obstante, en los casos de catástrofe o infortunio públicos o grave riesgo, los Alcaldes podrán adoptar las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno (Bandos de necesidad).
¿Quién los dicta?
La potestad para dictar bandos municipales recae en el Alcalde, por atribución legal.
En algunos casos, también puede delegarse esta potestad en otros miembros de la Corporación Municipal.
¿Para qué sirven?
Los Bandos Municipales sirven para:
– Comunicar disposiciones urgentes: cuando se produce una situación que requiere una actuación inmediata por parte del Ayuntamiento, como por ejemplo, una catástrofe natural o un problema de salud pública, los bandos permiten informar a vecinas y vecinos de manera rápida y eficaz sobre las medidas que se deben tomar (bandos de necesidad).
– Regular situaciones temporales: los bandos pueden utilizarse para regular situaciones que tienen un carácter temporal, como por ejemplo, la regulación del tráfico durante las fiestas patronales o la prohibición de realizar quemas durante el verano.
– Publicar anuncios: los bandos también pueden utilizarse para publicar anuncios de interés público, como por ejemplo, convocatorias o la información sobre un evento cultural.
¿Qué tipos de bandos hay?
Existen varios tipos de bandos municipales: periódicos, de urgencia, de policía y de buen gobierno.
También pueden ser bandos de carácter general ( los que se dirigen a todos los vecinos y vecinas de Martín del Río) o bandos de carácter particular (aquellos que se dirigen a un sector específico del municipio, como por ejemplo, los vecinos y vecinas de un barrio concreto).
¿Dónde se publican?
Los Bandos Municipales se publicarán conforme a los usos y costumbres del pueblo dándoles la máxima difusión posible: en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica, en las redes sociales y, en algunos casos, también en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los bandos municipales y las ordenanzas y reglamentos locales ¿son lo mismo?
No, los Bandos Municipales no son lo mismo que las ordenanzas y reglamentos locales, aunque comparten algunas similitudes:
– Los Bandos Municipales los emite el Alcalde y las ordenanzas y reglamentos locales se aprueban por el pleno del ayuntamiento.
– En cuanto al carácter normativo, los bandos no tienen carácter normativo, es decir, no crean nuevas normas ni modifican las existentes. Se limitan a comunicar o recordar disposiciones ya vigentes o a ordenar medidas de carácter urgente.
Por el contrario, las ordenanzas y reglamentos locales sí tienen carácter normativo, porque establecen nuevas normas o modifican las existentes dentro del ámbito de las competencias del Ayuntamiento y por ello, las ordenanzas y reglamentos locales siempre se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Dónde puede consultar los bandos del Ayuntamiento de Martín del Río?
Puede consultar los Bandos Municipales del Ayuntamiento de Martín del Río en la sección de «Bandos» de la página web municipal y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
